jueves, 5 de mayo de 2016

Proyecto de Ley de Creación de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico

Noviembre 2010

Proyecto de Ley de Creación de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico
Exposición de Motivos

La ciencia, la tecnología y la innovación (CTeI) en el Perú

El número de solicitudes de patentes de residentes de un país es un indicador de su capacidad para innovar e inventar. En general, según los datos de organismos internacionales, existe una relación directa entre los valores del PBI y los números de solicitudes de patentes de los países. Los países que salen de esta regla son aquellos que tienen cantidades inmensas de materias primas, en cuyo caso, sus ingresos dependen de los precios de esas materias primas en el mercado internacional.

A mediados del siglo XX los países con mayores valores de PBI eran los que tenían los mayores números de patentes. En ese periodo, algunos países con relativamente pocas patentes empezaron a copiar inventos sin respetar las patentes correspondientes. Así ganaron posiciones en el mercado mundial de productos tecnológicos.
Ante ello, la gran mayoría de países, liderada por Estados Unidos, en 1994, firmó los acuerdos sobre los Aspectos de la Propiedad Intelectual relacionados con Comercio (ADPIC), para respetar con mayor rigor la propiedad intelectual en general y las patentes en particular, estableciendo penalidades a los países que no lo hicieran.

Una vez que se fortaleció el derecho de las patentes, desde 1994, algunos países empezaron a incrementar su inversión en investigación y desarrollo. Sin embargo, los resultados no fueron los mismos para todos. Los países que tuvieron resultados positivos de su inversión fueron aquellos que tenían una sólida institucionalidad de la ciencia y la tecnología. Se entiende por institucionalidad a una organización articulada de las instituciones de ciencia y tecnología, leyes de incentivos para investigar, innovar y patentar -dirigidas tanto a las empresas e instituciones como a los investigadores científico-tecnológicos.

En el ámbito latinoamericano, los países que ostentan los mayores números de solicitudes de patentes de residentes, y cuentan con niveles importantes y sostenidos de crecimiento económico, son Brasil, Argentina, México y Chile.
Brasil, Argentina, México y Chile tienen una sólida institucionalidad de la ciencia y la tecnología.

Brasil creó el Ministerio de Ciencia y Tecnología en 1985. Desde el más alto nivel de la administración pública, ese ministerio aplicó políticas para promover la ciencia, la tecnología y la innovación. Una de esas políticas fue la creación de la carrera del investigador científico y tecnológico. El resultado fue el incremento de innovación en Brasil.

Siguiendo ese ejemplo, en el 2007, Argentina –que ya tenía la carrera del investigador científico y tecnológico- creó el Ministerio de Ciencia e Innovación Productiva. España, en el 2008, creó el Ministerio de Ciencia e Innovación, el que propuso la creación de la carrera del investigador científico y tecnológico.

Los indicadores de los resultados de las políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación (CTeI) -por ejemplo, los de la Red de Indicadores de Ciencia y Tecnología- nos permite hacer las siguientes observaciones:

En el 2004, el gasto en investigación y desarrollo en el Perú (240 millones de dólares americanos) fue muy inferior a los registrados en países como Chile (1 233 millones de dólares americanos), México (4 924 millones de dólares americanos) y Brasil (13 433 millones de dólares americanos), respectivamente.
Entre las razones de la baja inversión del Perú en investigación y desarrollo están a) la priorización que el sector privado y el Estado peruano prestan a la producción primaria exportadora y b) la predominancia de empresas basadas en mano de obra barata.

En el Perú, entre los años 1990 y 2005, el número de solicitudes de registro de patentes de residentes pasó de 46 a 38, mientras que el número de solicitudes de no residentes y residentes pasó de 222 a 786. En el 2004, en el Perú se otorgó 15 patentes a residentes, en tanto que en países como las Argentina y México se otorgó más de 100.
Entre el año 2000 y 2010, las universidades e institutos de ciencia y tecnología en su conjunto obtuvieron 4 patentes en el Perú, de las cuales 3 corresponden a institutos de ciencia y tecnología del Estado.

Según los datos del World Economy Forum, en el periodo 2003-2004,  el Perú ocupaba el puesto 74 en el ranking de la innovación; en los siguientes dos periodos (2004-2005 y 2005-2006) subió al 62; pero luego fue perdiendo posiciones hasta caer al puesto 110 en el periodo 2010-2011. Esto ocurre a pesar de que desde el 2007 se inició el Programa de Ciencia y Tecnología (FINCYT) con un fondo de 36 millones de dólares. Lo que demuestra que los fondos no son suficientes.

Entre las razones del bajo número de solicitudes de patentes en el Perú, están a) el bajo número de investigadores científicos y tecnológicos b) la falta interés en patentes de las empresas privadas, y b) la falta de incentivos para que los investigadores de las universidades e institutos de ciencia y tecnología innoven, inventen y patenten.
En el 2004, el número de investigadores por cada mil integrantes de la PEA en el Perú (0,39) fue mucho menor que el del Brasil (1,59), el de Chile (2,78) y el de Argentina (2,99), respectivamente.

Entre de las razones del bajo número de investigadores en el Perú, están a) la falta de centros de investigación en las empresas privadas,  b) la falta de incentivos para la innovación en las universidades e institutos de ciencia y tecnología, y c) la dispersión de las actividades de ciencia y tecnología en numerosos pequeños organismos públicos, la que implica un alto porcentaje global de personal burocrático en desmedro del personal científico tecnológico.

Marco Institucional de la ciencia, la tecnología y la innovación (CTeI) en el Perú

Con la intención dar un marco institucional que impulse las actividades de ciencia y tecnología en el Perú, se dio la Ley 28303, la que crea el Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT). Sin embargo, a pesar de esa ley, persisten los siguientes problemas:
  1. No hay una relación orgánica y sistémica entre el CONCYTEC y las instituciones que conforman el SINACYT;

  1. Las instituciones miembros del SINACYT están adscritas a sectores diferentes, de cuyos titulares reciben lineamientos políticos y ante quien rinden informes, de modo tal que sus acuerdos conjuntos son solo referenciales;
  1. Los institutos de investigación son pequeños, desarticulados entre sí, y administrados sin una visión integradora de equipos humanos y de infraestructuras físicas; dando como resultado multiplicación innecesaria de esfuerzos administrativos y de apoyo (por ejemplo: cada pequeño instituto tiene sus propias oficinas administrativas, de control, relaciones públicas, entre otros) en desmedro del componente científico y tecnológico del personal;

  1. Hay dispersión de fondos para la promoción de la ciencia y la tecnología (FONDECYT; FINCYT, Incagro, Canon minero, entre otros), fomentando innecesarios gastos administrativos;
  1. No hay normatividad única y vinculante para la evaluación de las investigaciones en CTeI y evaluación de la producción de investigadores de las instituciones miembros del SINACYT;

  1. Están prohibidos los ascensos de nivel profesional para los investigadores de los organismos públicos, de modo que no hay incentivo para buscar mayor productividad;
  1. No se incentiva la creatividad e innovación en los reglamentos internos de trabajo de las instituciones miembros del SINACYT;

  1. No hay incentivos para que las investigaciones terminen en patentes; y
  1. No hay políticas de incentivo para la formación de nuevos investigadores, capacitación y retención de los actuales, y retorno de talentos del extranjero.

Lo expuesto nos permite decir que el Estado no ha estado cumpliendo en su plenitud con el mandato constitucional que, en su artículo Art. 14º, entre otros, establece que “… es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país”. Esta situación ha generado el estancamiento de la ciencia y la tecnología en el Perú, la que se expresa en los indicadores mencionados.
Ante ello, es preciso adoptar políticas reactivadoras de la ciencia y la tecnología, canalizando el esfuerzo de los investigadores nacionales, debidamente reconocidos, en un marco de eficiencia en la gestión de los recursos.
Como hemos visto, entre los países de la muestra estudiada, Brasil es el que mejor ha respondido a la inversión en investigación y desarrollo. La característica más notoria de Brasil es que este país, desde 1985, tiene un ministerio de ciencia y tecnología, el que ha establecido políticas públicas claras para promover la ciencia y la tecnología, entre las que está la dación de la Ley del Investigador Científico y Tecnológico. Un ministerio de ciencia y tecnología asegura que el tema se encuentre en la agenda política y sea parte de las decisiones sobre políticas públicas, en el seno del Consejo de Ministros, donde se definen además los presupuestos sectoriales.

Análisis Costo-beneficio

La Carrera del Investigador Científico y Tecnológico será sostenida con recursos provenientes de: los asignados por la 
Ley Anual del Presupuesto del Sector Publico.

Una política de retención, repatriación o atracción de talentos permitirá mayor innovación en el país.

La innovación significará nuevos o mejores productos y servicios algunos de los cuales serán patentados, con lo que aumentará el PBI, lo que ayudará en la lucha contra la pobreza.

La innovación generará nuevos puestos de trabajo adecuadamente remunerado.

La inventiva permitirá resolver los grandes problemas tecnológicos por los que atraviesa la sociedad.

Con el impulso de la innovación y del conocimiento científico y tecnológico se resolverá problemas relacionados con la obtención y utilización de energía, el mejoramiento de alimentos, el aprovechamiento de la tierra, el suministro de agua potable, entre otros.

La valoración del conocimiento científico y tecnológico se obtendrá un crecimiento económico sostenible, el que servirá para mejorar el bienestar de la población, distribuir mejor la riqueza y, finalmente, lograr una mejor gobernabilidad en el país.

Con la innovación y la inventiva se mejorará la productividad y la competitividad de las empresas inmersas en el mercado globalizado.

Por lo expuesto,

El CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
ha dado la siguiente Ley:

LEY DE CREACIÓN DE LA CARRERA DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- Objeto de la Ley
La presente Ley crea la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico

Artículo 2°.-  Creación de la carrera del investigador científico y tecnológico Carrera de investigador científico

Se define cuatro niveles de carrera de investigador científico:
Investigador principal,
Investigador asociado,
Investigador auxiliar, y
Asistente de investigación.

Para ser investigador principal se debe:
Tener el grado de doctor;
Contar con 20 publicaciones relevantes indizadas de circulación internacional;
Coordinar proyectos o grupos de investigación;
Haber dirigido 15 tesis de su especialidad;
Para acceder al nivel de investigador asociado debe:
Tener grado de doctor;
Contar con 12 publicaciones en revistas internacionales indizadas;
Haber dirigido 10 tesis.
Para acceder al nivel de investigador auxiliar se debe:
Tener el grado de doctor;
Contar con 5 publicaciones en revistas internacionales indizadas;
Haber dirigido 5 tesis.

Para acceder al nivel de asistente de investigación debe:
Tener el grado de magister;
Contar con una publicación en revista internacional indizada.

Carrera de investigador tecnológico
Se define tres niveles:
Tecnólogo principal,
Tecnólogo asociado,
Tecnólogo auxiliar,
Asistente tecnólogo.

Para ser tecnólogo principal se debe:
Tener grado de doctor,
Contar con 10 patentes.

Pare ser tecnólogo asociado se debe:
Tener el grado de doctor,
Contar con 5 patentes.

Para ser tecnólogo auxiliar se debe
Tener el grado de doctor,
Contar con 2 patentes.

Para ser asistente tecnólogo se debe
Tener el grado de magister
Contar con una patente.

Artículo 3°.-  Instituciones donde se aplica la CICT
Cada fin de año se llevará a cabo concursos de ascensos y nuevos ingresos en la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico, según lo requiera el Plan Estratégico de cada institución y haya disponibilidad presupuestaria.

Artículo 4°.-  Instituciones donde se aplica la CICT
La Carrera del Investigador Científico y Tecnológico se aplica en las instituciones miembros del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA.- Derogación   
Deróganse o modifícanse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

Extraído de : http://www.planctiperu.com/proyectodeleydecarreraict.html

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